domingo, 26 de junio de 2011

12.- EL COMODATO


El comodato generalmente se define como un contrato por el cual una parte entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o bien inmueble, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso.
Cabanellas define por su parte el comodato como un contrato de préstamo por el cual una de las partes entrega gratuitamente a otra una cosa no fungible para que use de ella por cierto tiempo y se la devuelva.
Por otra parte, es necesario recordar que el legislador venezolano se baso en el derecho internacional para dar nacimiento a muchas de nuestras leyes hoy vigentes, como es el caso del código civil que data desde el año 1982, y en su articulo 1724, plantea la naturaleza del comodato de la misma manera que en derecho civil español en su articulo 1740.

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